VIERNES 19 DE FEBRERO 2021
El dictamen fue aprobado por la mayoría parlamentaria de Morena, PT y PES, con los votos del PAN, PRI, MC, PRD y del Partido Verde en contra.
Con 22 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones, la Comisión de Energía aprobó el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, con lo que se modifica el régimen de despacho de energía a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para dar prioridad a las plantas de la propia empresa productiva del Estado sobre generadores privados.
El dictamen de la iniciativa preferente del Ejecutivo Federal fue avalado en reunión semipresencial, prácticamente sin cambios, y establece un orden de priorización para el despacho de las centrales eléctricas
- Plantas hidroeléctricas de la CFE;
- Planta nuclear, geotérmicas, de ciclo combinado y termoeléctricas de la CFE;
- Plantas eólicas y solares privadas;
- Plantas de ciclos combinados privadas.
Luego de cinco horas de discusión, el dictamen fue aprobado por la mayoría parlamentaria de Morena, PT y PES, con los votos del PAN, PRI, MC, PRD y del Partido Verde en contra, y fue turnado a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para ser discutido y votado en el pleno el próximo martes 23 de febrero.
El dictamen busca reformar los artículos 3, fracciones V, XII y XIV; 4, fracciones I y VI; 12, fracción I; 26; 35, párrafo primero; 53; 101; 108, fracciones V y VI, y 126, fracción II; y adiciona una fracción XII Bis al artículo 3, todos ellos de la Ley de la Industria Eléctrica.
“La finalidad es garantizar la confiabilidad y un sistema tarifario de precios, que únicamente serán actualizados en razón de la inflación. Modifica el orden de la prioridad del despacho, mediante la operación de las Centrales Eléctricas en el actual Contrato Legado de la CFE y con el diseño de un nuevo Contrato de Entrega Física de Energía y Capacidad a la Red”, informó la Cámara Baja a través de un comunicado.
La reforma obligaría a la Comisión Reguladora de Energía a revocar los permisos de autoabastecimiento, así como sus modificaciones, en los casos en que hayan sido obtenidos mediante “actos constitutivos de fraude a la ley”.
“Los permisos de autoabastecimiento, con sus modificaciones respectivas, otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que continúen surtiendo sus efectos jurídicos, obtenidos en fraude a la ley, deberán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía mediante el procedimiento administrativo correspondiente. En su caso, los permisionarios podrán tramitar un permiso de generación, conforme a lo previsto en la Ley de la Industria Eléctrica”, cita la reforma. (ARISTEGUI NOTICIAS).